01 jun. 2025

Endurecen sanciones para conductores bajo efectos del alcohol

Desde la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial explicaron los alcances de las modificaciones de la Ley de Tránsito para las personas que conducen bajo los efectos del alcohol. Los conductores se exponen a dos años de cárcel o multas.

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Existen dos tipos de alcotest que utiliza la Patrulla Caminera: la prueba rápida y la prueba definitiva.

Foto: Patrulla Caminera.

La directora de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Ángela María del Carmen de Porro, manifestó que con las modificaciones de la Ley de Tránsito se endurecen las sanciones para todos aquellos que conducen bajo los efectos del alcohol.

“Se endurecieron las penas y todo es para cuidar a nuestra gente”, sostuvo a Telefuturo.

En ese sentido, el asesor jurídico de la Agencia Nacional de Tránsito, Mauricio Bejarano, explicó que las graduaciones alcohólicas de tolerancia son las que bajaron y que las infracciones son calificadas como graves o gravísimas.

Lea más: Eliminar controles aleatorios de alcotest “es un retroceso”, afirman

La conducción en estado de intoxicación alcohólica desde 0,200 a 0,250 mg/l de CAAL y 0,400 a 0,500 g/l de CAS es considerada como una falta grave.

Mientras que desde 0,251 a 0,399 mg/l CAAL (miligramo de alcohol por litro de aire exhalado) o desde 0,501 a 0,799 g/l de CAS (gramo de alcohol por litro de sangre), ya ingresa como falta gravísima.

Superando ese limite los antecedentes serán remitidos al Ministerio Público para la persecución penal y la aplicación de la pena que podría ser dos años de cárcel o multa.

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