27 may. 2025

La polémica sobre la luz amarilla del semáforo: ¿Cruzar es o no una infracción?

Vicente Capello, director de Tránsito de Asunción, salió al paso de las declaraciones del concejal asunceno Pablo Callizo, quien afirmó que cruzar el semáforo en luz amarilla no es una infracción.

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Vicente Capello, director de Tránsito de Asunción, salió al paso de las declaraciones del concejal asunceno Pablo Callizo, quien afirmó que cruzar el semáforo en luz amarilla no es una infracción.

Foto: twitter.com/asu_transito.

Vicente Capello, director de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, manifestó que el artículo 62 de la Ley 5016 explica que si el semáforo está en luz amarilla, el conductor debe detenerse “si se estima que no se alcanzará a trasponer el cruce antes de la luz roja”.

Es decir, que la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial establece que “ante la imposibilidad o inseguridad de un cruce seguro”, el conductor debe detener la marcha cuando tiene en frente un semáforo encendido en amarillo.

“Ante la imposibilidad o la inseguridad de un cruce seguro, uno debe detener la marcha cuando se enfrenta a la luz amarilla”, se explayó en o con NPY.

No obstante, el conductor que se enfrenta a la luz amarilla y estima que podrá cruzar la bocacalle en el tiempo que esté encendida, lo puede hacer.

Pero si es que estima que no se logrará cruzar, estando la luz encendida, debe detener la marcha. “Al igual que el estacionamiento, si uno estaciona mal implica multa, si uno cruza mal la luz amarilla tendrá multa”, afirmó.

La aclaración que dio Capello fue tras una publicación que el concejal asuncenco Pablo Callizo realizó en X, donde afirmó que “ya no es una infracción cruzar en amarillo”.

El director de Tránsito afirmó, en radio Chaco Boreal 1330 AM, que no le llegó ningún tipo de notificación sobre alguna modificación a la ley y sostuvo que “no sabe de dónde quitó esa idea alocada”.

Por otro lado, Capello siguió explicando que ese artículo “es bastante ambiguo” y “difícil de interpretar en procedimiento en calle”. Lo que hace la ordenanza de tránsito es “extender un poco la interpretación”, para que se pueda evaluar la situación en particular y se pueda saber si la persona hizo un cruce seguro o no.

La Ley de Tránsito faculta a las municipalidades a “legislar en los pasillos que no se encuentran taxativamente legislados en la ley”, prosiguió.

La ordenanza municipal, en su artículo 92, inciso C, refiere que el color amarillo indica prevención y rojo, detención.

“Los conductores que no ingresaron a la bocacalle deberán detenerse antes del cruce peatonal. En ningún momento el cruce de la luz amarilla es sancionado en general”, puntualizó.

Puede leer: Para PMT de Asunción, cruzar luz amarilla es falta grave, con multa de hasta G. 1 millón

“Sanción queda a criterio de la PMT”

Vicente Capello enfatizó que “en ningún momento la ordenanza de tránsito contradice lo que dice la ley, más bien, amplía la interpretación y aclara cómo se debe proceder”.

“Ya queda a criterio del PMT establecer si el cruce fue de buena o mala manera”, prosiguió y trató de irresponsable a Callizo.

“Fue una declaración irresponsable. El artículo que sanciona el cruce de la luz amarilla tiene el ADN legislativo del concejal Callizo. Es muy irresponsable que diga que no se puede multar. La ordenanza de tránsito permite la multa en ciertas condiciones”, sentenció.

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