02 jun. 2025

Un litigio por tierras no se define porque el expediente duerme en la Corte hace 2 años

Un expediente de litigio por tierras subió ante la máxima instancia judicial por una acción de inconstitucionalidad, planteada por una de las partes, un año después de haber quedado firme la sentencia definitiva, según las denuncias. El hecho dilata un posible desalojo.

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Este lunes y martes los juzgados de Garantía tuvieron problemas informáticos.

Foto: Corte Suprema de Justicia.

El caso está en la sala Constitucional integrada por la ministra Gladys Bareiro de Módica, superintendenta de la Circunscripción del Alto Paraná, quien fue recusada en el caso, pero no se aparta, por lo que se presume que tiene interés en el caso, según el abogado Venancio López.

El inmueble en litigio es la finca 1.010 del municipio de San Alberto, consistente en 732 hectáreas de tierras, perteneciente a Heriberto Manuel Lezcano y el doctor Eitel Edelmiro Krohn Gysyn, conforme a la versión del abogado.

Una mensura judicial realizada en el año 1997 hizo notar que la propiedad estaba ocupada por otras personas, por lo que recurrieron a una demanda judicial para anular los documentos y recuperar la propiedad.

Fue así como el 21 de febrero del año 2007 se inicia el juicio caratulado Heriberto Manuel Lezcano c/ Flavio Luis Bastianel y otros s/ nulidad de actos jurídicos, reivindicación de inmueble y otros.

El proceso siguió su curso y el 10 de julio del año 2018 el juez en lo civil de Hernandarias, Aníbal David Duarte, ordena el desahucio, luego de quedar firme y ejecutoriada la sentencia definitiva N° 71, confirmada en segunda instancia con el acuerdo y sentencia 41 firmada el 28 de setiembre del 2016, conforme a los documentos que exhibió el abogado.

Pero, la defensa de los demandados recurrió a una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia. Esta acción fue planteada 1 año después de haber quedado firme la sentencia, pero trabó el desalojo de los ocupantes precarios.

Varios urgimientos fueron planteados con relación al caso, pero la Sala Constitucional de la Corte no se expide sobre el caso, teniendo una recomendación del Ministerio Público de que se rechace la acción por su extemporaneidad e improcedencia.

Antecedentes

El inmueble pertenecía inicialmente a La Industrial Paraguaya SA, pero fue vendido y revendido hasta que fue adquirido en el año 1996 por los actuales reclamantes, Heriberto Manuel Lezcano y Eitel Edelmiro Krohn Gysyn.

Con una mensura judicial, para buscar los mojones destruidos, los actuales propietarios encontraron que varias familias estaban asentadas en el inmueble, que en la actualidad está en el distrito de San Alberto.

Por otro lado, con la creación de la colonia Tape Porã en el distrito de Itakyry, con 6 mil hectáreas de tierras, en el año 1984 el Instituto de Bienestar Rural incluyó las 732 hectáreas de tierras de la finca 1.010, que fue repartida a colonos que no eran sujetos de la reforma agraria, incluso algunos con documentos de propiedad. Sin embargo, el juicio favoreció a Lezcano y Krohn Gysyn, que no pueden acceder a la propiedad.

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