29 may. 2025

Aprueban proyecto de transparencia de costos de combustible

La Cámara de Diputados aprobó con modificaciones el proyecto de ley que establece medidas de transparencia y publicidad sobre la estructura de costos y precios de facturación de combustibles.

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Suspenso. Sigue latente el aumento de los combustibles.

Foto: Archivo ÚH

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles con modificaciones en su sesión ordinaria el proyecto de ley que establece medidas de transparencia y publicidad sobre la estructura de costos y precios de facturación de combustibles. El documento fue enviado al Senado para un nuevo estudio.

Los de la Cámara Baja modificaron el texto que quedó como “que establece medidas de normalización y transparencia sobre la estructura de costos del Gasoil Tipo III y fija precios mínimos y máximos para su comercialización.

La comisión de Legislación y Codificación recomendó la aprobación con modificaciones. El diputado por Paraguarí del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Jorge Ávalos Mariño, sostuvo que el objetivo es fijar los precios mínimos y máximos del gasoil común para evitar el alza o baja artificiales que traben la libre concurrencia.

Aseguró que se busca precautelar tanto la competencia en el mercado como los derechos de los consumidores.

Nota relacionada: Senado aprueba plan de transparencia en costos del combustible

Con respecto a la estructura de costos, será determinada mensualmente por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), autoridad de aplicación y control, en guaraníes por litro conforme a varios componentes que forman parte de una tabla fijada.

Asimismo, se publicará sobre la base de la información recibida en el mes anterior, el primer día hábil del mes siguiente.

El proyecto de ley también establece multas por el incumplimiento de la remisión de la información solicitada o de información falsa, que será de hasta 1.000 jornales mínimos diaris, previo sumario istrativo.

Además, aquel emblema que comercialice el gasoil común a un precio superior al valor que resulte, será sancionada con una multa equivalente al importe de guaraníes por litro en que el precio de venta de dicho producto exceda el margen de precio máximo así determinado.

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