Los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia confirmaron la resolución del Tribunal de Apelación Penal del 25 de setiembre de 2023, que ratificó el fallo del juicio oral dictado el 16 de marzo de ese año, donde fue condenado a 16 años de cárcel por homicidio por dolo eventual. A esto se suman 10 años de prohibición de ejercer la profesión.
El recurso fue planteado por Miguel Ángel Cavallo, bajo patrocinio de los abogados David Venialgo y Gustavo Cáceres, contra la resolución de los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez, que confirmaron la pena dictada en el juicio oral.
El recurrente señaló que la acusación era nula porque se le había imputado por homicidio culposo, pero se le acusó por homicidio doloso, por lo que no había ampliado la imputación por este delito.
Incluso, que la condena era por dolo eventual, algo no previsto en la legislación. Además, sostuvo que el fallo de apelación era infundado.
Los ministros señalaron que la resolución de los camaristas estaba bien fundada y respondía a todos los cuestionamientos.
Sostuvieron que no es necesario que se amplíe la imputación para cambiar la calificación si no cambian los hechos.
Es más, el ministro Benítez Riera sostuvo que el dolo eventual sí está previsto en la normativa, por lo que votó por confirmar el fallo.
El caso
El fallecimiento de Maylen Analía Romero Ledesma se registró el 30 de diciembre de 2020, cuando concurrió al Sanatorio Medicis para realizarse una cirugía de implante mamario (mamoplastía).
Según la investigación fiscal, el cirujano realizó el procedimiento que terminó con la muerte de la mujer, sin contar con el acompañamiento de un anestesiólogo.
Días antes de la intervención quirúrgica, la mujer fue a una consulta previa con el médico Miguel Ángel Cavallo.
El cirujano, según la Fiscalía, habría llamado al Sanatorio Medicis para la reserva de una sala de quirófano, para realizar supuestamente una cirugía ambulatoria de párpados, sin internación.
Sin embargo, este procedimiento en realidad fue un implante de mamas y no de párpados, como estaba anotado en la agenda de la clínica.
Ya en el procedimiento, que lo realizó sin anestesiólogo para la cirugía, el mismo médico aplicó la anestesia local.
Sin embargo, como la paciente se quejaba del dolor, le suministró más anestesia lo que llevó a una reacción negativa de la joven.
Pese a ello, según se probó en el juicio, el médico continuó la cirugía donde aplicó tres frascos de adrenalina a la paciente, pero esta no reaccionaba.
Luego, el médico llamó al galeno de guardia, donde se verificó que la mujer necesitaba intubación y terapia de urgencia.
Al final, la mujer fue llevada al Sanatorio San Sebastián, donde llegó sin vida.
Varios casos
En el juicio oral, los jueces Manuel Aguirre, Juan Francisco Ortiz y Rossana Maldonado, en juicio oral, lo condenaron por homicidio por dolo eventual, y le aplicaron la pena de 16 años de cárcel, más los 10 años de prohibición de ejercer la profesión.
El médico ya contaba con antecedentes. Cavallo realizaba intervenciones quirúrgicas estéticas en su domicilio, en una pieza del fondo de la casa de manera improvisada y sin elementos e instrumentos médicos adecuados.
Fue investigado por supuesta mala praxis y falta del deber de cuidado en una intervención quirúrgica, ocurrida el 27 de mayo de 2016, en su clínica de cirugía plástica.
En aquella ocasión, en el 2018, los jueces Manuel Aguirre, Blanca Gorostiaga y Rossana Maldonado habían condenado al médico a dos años de cárcel, con la suspensión de la ejecución de la condena.
Los jueces ordenaron en ese entonces que el médico realice, una vez al mes, intervenciones quirúrgicas reconstructivas en el Hospital del Quemado, por el periodo de prueba que se le impuso.