La Resolución N° 869/25, refrendada por la ministra Claudia Centurión establece el marco regulatorio que busca alinear las normativas locales con los estándares internacionales y los acuerdos del Mercosur, autorizando la utilización de neumáticos superanchos.
De esta manera, se autoriza a que ómnibus equipados con neumáticos superanchos puedan circular en los ejes delanteros, siempre y cuando cuenten con suspensión neumática y amortiguadores.
Esta medida permite un peso máximo de siete toneladas por eje delantero, abriendo la puerta a una tecnología que promete mejorar la seguridad vial y la eficiencia del transporte.
Las nuevas disposiciones buscan la modernización del transporte público y la integración regional. No solo responde a las demandas de la industria, sino que también garantiza un equilibrio entre eficiencia, seguridad y sostenibilidad en nuestras carreteras, informaron desde el MOPC.
El MOPC ya había implementado un periodo experimental para evaluar la viabilidad de esta tecnología.
Modificaciones y límites
La nueva resolución, además, actualiza los límites de peso por tipo de eje y rodado. De esta manera, se dispone que los ejes simples con neumáticos superanchos, tengan un límite de siete toneladas.
Asimismo, se introducen definiciones específicas sobre ejes dobles, triples y neumáticos convencionales y superanchos, estandarizando criterios que contribuirán a una mejor fiscalización y cumplimiento.
Controles obligatorios
La resolución también establece los pesos brutos totales (PBT) permitidos para diferentes configuraciones de ómnibus. Por ejemplo, un bus simple con dos ejes de ruedas superanchas y un conjunto de ejes dobles con ruedas mixtas podrá alcanzar hasta 25 toneladas.
A partir de la entrada en vigor de esta resolución, se dispone la obligatoriedad para que todos los ómnibus de media y larga distancia que circulen por la red vial nacional se sometan a controles de pesaje en las básculas habilitadas.