01 jun. 2025

Conacom impone a Bancard multa de G. 8.000 millones tras denuncia de banco

La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) sancionó a la procesadora de pagos Bancard SA por abuso de posición dominante, imponiendo una multa de 3.100 salarios mínimos, equivalentes a G. 8.309.156.300, y medidas correctivas.

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La procesadora de pagos Bancar SA había sido denunciado por un banco ante Conacom, lo que derivó en un sumario y la posterior multa.

Foto: Archivo.

La sanción a Bancard SA, a raíz de un sumario iniciado tras una denuncia del Banco Continental Saeca en abril de 2022, fue comunicada por la Conacom en la mañana de este martes a través de un boletín informativo en su página web.

De acuerdo con la institución, se le atribuye a la empresa sancionada el abuso de posición dominante por violación a la Ley de la Defensa de la Competencia.

Se infringió lo establecido en los numerales 2 y 4 del inciso a) del artículo 9° de dicha normativa, que establecen la “limitación de la producción, la distribución (…) en perjuicio injustificado de los competidores o de los consumidores”.

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Asimismo, por la “aplicación injustificada, en las relaciones comerciales o de servicio de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes, que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otros”, prosigue el comunicado.

La Comisión Nacional de la Competencia aseguró esta jornada que ya realizó la notificación correspondiente.

Se le estableció una multa de 3.100 salarios mínimos, equivalentes a G. 8.309.156.300.

Más detalles: Conacom abrió investigación a Bancard tras denuncia de banco

Asimismo, se le impusieron medidas correctivas a la procesadora de pagos para restablecer el proceso competitivo, prevenir e impedir conductas contrarias a las disposiciones de la Ley de Defensa a la Competencia y evitar reincidencia.

Entre ellas, la empresa deberá abstenerse de aplicar al banco denunciante y a cualquier otro accionista-emisor de tarjetas de crédito y/o débito condiciones discriminatorias por prestaciones equivalentes.

También deberá abstenerse de cualquier práctica que tenga por objeto o efecto restricciones verticales, en particular mediante la aplicación de cláusulas de exclusividad, en los mercados de emisión, adquirencia y procesamiento de tarjetas de crédito y débito.

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A partir de la notificación tampoco podrá imponer directa o indirectamente, formal o informalmente, el uso exclusivo de sus terminales o servicios de pago en POS, plataformas, links, entre otros.

Además debe seguir prestando los servicios habituales al Banco Continental Saeca en las mismas condiciones que presta a los demás accionistas-emisores para prestaciones equivalentes.

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Caso contrario, Bancard SA volverá a ser revisada por la Conacom a pedido de parte, a fin de que el Banco Central del Paraguay (B) establezca la plena interconexión o interoperabilidad entre operadoras y empresas que procesen y istren las tarjetas de crédito y débito.

Asimismo, el directorio recomienda a la banca matriz analizar “en la brevedad posible” esto último a fin de emitir o promover una regulación al respecto.

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