24 may. 2025

Caso Cucho Cabaña: Fiscalía asegura que Poder Judicial traba proceso

El Ministerio Público respondió a un informe de un funcionario de la Corte Suprema que advierte que el caso Berilo, donde el principal sospecho es el presunto narcotraficante Javier Cucho Cabaña, se encuentra trabado por desidia de la Fiscalía. Para el Ministerio Público, el Poder Judicial es el que impide el desarrollo del proceso.

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Por falta de notificación a seis procesados de la conformación de la Sala Constitucional la acción de inconstitucionalidad en el caso de Cucho Cabaña está parada desde hace casi dos años.

Foto: Gentileza

La Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico del Ministerio Público, a través del fiscal adjunto Marco Alcaraz, emitió un comunicado referente a la causa de “Reinaldo Javier Cabaña y otros s/ Tráfico de Drogas y otros” congelada desde diciembre del 2019.

Esta aclaración se debe a que el secretario de la Sala Constitucional, abogado Julio Pavón, elevó un informe a la Corte Suprema de Justicia en la que expresa que existirían diligencias pendientes en la causa, como ser la notificación a varios procesados de la conformación de la Sala Constitucional y que esta notificación debe hacerla la Fiscalía.

En ese sentido, el Ministerio Público sostuvo que “como parte (en la causa) se encuentra impedido de notificar a las partes, por imperio de lo dispuesto en el artículo 136 del Código Procesal Penal : ‘Las notificaciones por cédula serán practicadas por los ujieres’. Por tanto, las notificaciones deben ser realizadas por el Poder Judicial”.

Lea más en: Por desidia de Fiscalía, caso Cucho está congelado hace casi dos años

Alcaraz señaló que el funcionario judicial también omitió computar en el informe los numerosos urgimientos presentados por la Fiscalía, que denotan claramente “el impulso procesal que siempre se imprimió a la acción de inconstitucionalidad presentada”.

También mencionó que se han presentado varios escritos de las demás partes en los cuales se declaran los domicilios procesales para las notificaciones respectivas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 133 del C.P.C.

“En consecuencia sería impreciso hablar de ‘falta de impulso procesal’ por parte del Ministerio Público, el cual es la parte más interesada en la resolución de la garantía constitucional articulada y el normal curso del procedimiento. El Ministerio Público se ha referido, no solo en esta sino en otras causas también, sobre los diferentes recursos que dilatan de sobremanera la prosecución de los procesos penales”, aseguró.

Acción de constitucionalidad congelada por casi dos años

A pesar de tratarse de un caso emblemático, que incluso involucra al diputado cartista Ulises Quintana, funcionarios de la Fiscalía y altos jefes de la Policía Nacional, una acción de inconstitucionalidad detiene el proceso desde casi dos años.

El Ministerio Público había planteado esta acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia, en diciembre de 2019, contra una resolución de la Cámara de Apelación que anuló la acusación porque no se presentaron las pruebas conjuntamente con la acusación.

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La Corte días después dio trámite a la acción y suspendió el proceso hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Sin embargo, como fue la Fiscalía la que presentó la acción, según las reglas del Código Procesal Civil, que rige este tipo de acciones, es la parte que presenta la acción la que debe hacer las notificaciones, y si no lo hace en un plazo máximo de seis meses, el pedido caduca, o queda sin efecto.

Según el secretario Julio Pavón, de los 21 procesados, la Fiscalía solo notificó a 15 de las partes, por lo que faltan seis, lo que hace que la causa esté paralizada desde el 2019, sin que hasta el momento pueda realizarse ningún trámite en el proceso penal.

Pavón afirmó que debe quedar firme la integración de la Sala Constitucional de modo a resolver justamente un pedido de caducidad de instancia, por la supuesta notificación tardía de la Fiscalía.

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