Las juezas Karina Cáceres, Yolanda Morel y Ana Rodríguez rechazaron el incidente de extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo, planteado por el ex fiscal Hugo Volpe.
Entendieron que se plantearon varios recursos e incluso una acción de inconstitucionalidad, con lo que aún no se cumplió el plazo máximo del proceso penal.
Asimismo, tampoco hicieron lugar al pedido de la defensa del procesado ex agente Armando Cantero, de excluir la prueba clave del caso, específicamente, los informes de las conversaciones entre el coprocesado, el abogado Edson Francisco Sánchez Benítez (beneficiado con una salida alternativa), y María Alciris, esposa de Minotauro.
Las magistradas dijeron que cuando se sustanció la prueba, los acusados aún no habían sido imputados, por lo que no podían participar de las diligencias, pero que igual tuvieron a las mismas. Además, que los hechos se pueden probar por cualquier medio de prueba lícito.
CUESTIONAMIENTOS. En el caso de Volpe, la defensa sostuvo que el primer acto coercitivo del proceso fue el allanamiento a la casa del ex agente fiscal, el 21 de enero del 2020, con lo que a la fecha, descontando los recursos, ya pasaron más de 4 años y 7 meses.
🔹️El Tribunal de Sentencia rechazó los incidentes de extinción del proceso y exclusión de pruebas de las defensas de los ex fiscales Hugo Volpe y Armando Cantero, acusados por supuesta coima en el caso Minotauro. El juicio oral seguirá el próximo 26 de mayo. pic.twitter.com/D1c5ElT95t
— Raúl Ramírez Bogado (@Raulramirezpy) May 21, 2025
La Fiscalía sostuvo que el primer acto del procedimiento fue la notificación del acta de imputación en noviembre del 2023, por lo que la acción está plenamente vigente.
Por su parte, el represenante del ex fiscal Cantero argumentó que se violó su derecho a la defensa, ya que no se le dio oportunidad para controlar la prueba respecto a los informes de las citadas conversaciones que estaban en dichas evidencias.
Después, el tribunal de sentencia dispuso el receso diario hasta el próximo 26 de mayo a las 10:30, cuando las defensas podrán presentar recursos contra la resolución.
EL CASO. En la causa, los ex fiscales fueron procesados porque supuestamente recibieron un soborno para beneficiar a Minotauro, miembro del Primer Comando Capital (PCC) y quien fuera jefe de la organización dedicada al tráfico de drogas en Pedro Juan Caballero.
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Volpe fue procesado por cohecho pasivo agravado y frustración de la persecución y ejecución penal. El mismo se desempeñaba como fiscal de la Unidad Especializada contra el Crimen Organizado y de la Unidad de Lucha contra el Narcotráfico, en Asunción.
La entrega habría sido realizada por el abogado Edson Francisco Sánchez Benítez en representación de María Alciris (esposa de Minotauro) hasta la Unidad de Narcotráfico, en dos ocasiones, cuando se entregó el cuestionado bolígrafo para Volpe.
Por su parte, Cantero fue procesado por soborno agravado. Supuestamente, recibió la visita de emisarios del presunto narcotraficante que le habrían dado la suma de USD 10.000 para el archivamiento de la causa por producción de documentos no auténticos.
Sergio Arruda Quintiliano, posteriormente, fue investigado en el país por narcotráfico.